Octubre 14 – 2026
Por Jorge Luis Galeano
El Gobierno del presidente Abelardo De la Espriella firmó el Decreto 1525 del 13 de octubre de 2026, norma que cambia y suma parte de lo que aparecía en el Decreto 003 de 2021 para actualizar el protocolo de las “acciones preventivas, concomitantes y posteriores sobre el uso de la fuerza legítima y la protección del derecho a la protesta pacífica”. El mandatario lo firmó día antes de la jornada de movilización nacional llevada a cabo el miércoles 14 de octubre de 2026 por sectores de la oposición al Gobierno, lo que ha reavivado las discusiones constitucionales y el malestar de organizaciones defensoras de derechos humanos, congresistas y sectores sociales en todo el país.
Las preocupaciones por la regulación de la protesta social están fundadas en los antecedentes inmediatos que existen en Colombia, pues en las movilizaciones de 2019 y 2021 se reportaron 174 asesinatos de civiles. Así lo revela el informe final del Comité de Expertos Ad Hoc para el Esclarecimiento de Violaciones a los Derechos Humanos creado en 2025 para mostrar cómo respondió a la Fuerza Pública a las manifestaciones ciudadanas.
Ese documento muestra, además, patrones de uso desproporcionado y letal de la fuerza, mutilaciones oculares utilizadas como castigo, detenciones arbitrarias mediante el uso indebido del Traslado por Protección (TPP), estigmatización bajo discursos de seguridad y una profunda brecha entre los protocolos escritos en el papel y la conducta policial en el caos de la vía pública. En dicho contexto, el Comité recomendó que el marco regulatorio del derecho a la protesta social sea tramitado mediante Ley Estatutaria en el Congreso de la República y no ajustado mediante decretos ejecutivos.
De ahí que, a pesar de que el 1525 firmado por el Presidente incorpora nominalmente principios de la jurisprudencia constitucional —como el carácter informativo del aviso previo, la neutralidad frente al discurso, la prohibición de armas de fuego y la delimitación de una distancia mínima de cuatro metros para los dispositivos policiales—, diversas organizaciones de derechos humanos han encendido las alarmas. La Fundación Misión Archipiélago de San Andrés (M.A.S.A.) y otras plataformas alertaron que el decreto permite disolver o intervenir manifestaciones si el Puesto de Mando Unificado (PMU) o la Policía consideran que generan “afectaciones económicas” o interrupciones al comercio, desconociendo que la protesta es inherentemente disruptiva y que la libertad de empresa no puede prevalecer sobre un derecho político fundamental.